{"id":70,"date":"2025-08-06T01:58:54","date_gmt":"2025-08-06T01:58:54","guid":{"rendered":"https:\/\/jhcv.co\/blog\/?p=70"},"modified":"2025-08-07T04:45:54","modified_gmt":"2025-08-07T04:45:54","slug":"caida-de-partes-del-starship-en-territorio-mexicano-aspectos-juridicos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/jhcv.co\/blog\/2025\/08\/06\/caida-de-partes-del-starship-en-territorio-mexicano-aspectos-juridicos\/","title":{"rendered":"CA\u00cdDA DE PARTES DEL STARSHIP EN TERRITORIO MEXICANO. Aspectos Jur\u00eddicos"},"content":{"rendered":"\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>La Responsabilidad Internacional por actividades espaciales<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>A. Hechos<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El pasado 18 de junio, uno de los cohetes de Space X exploto en tierra durante una prueba de abastecimiento de combustible e ignici\u00f3n. El hecho ocurri\u00f3 en las instalaciones del magnate Elon Musk en Brownsville, Texas, a pocos kil\u00f3metros de la frontera de M\u00e9xico. Ese d\u00eda, a las 23 pm, la explosi\u00f3n gener\u00f3 una gigantesca bola de fuego y varias partes del artefacto Starship salieron disparadas.   <\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Un d\u00eda despu\u00e9s de la explosi\u00f3n, los medios locales de Tamaulipas reportaron que se encontraron partes del artefacto en las playas del ejido La Burrita, en Matamoros. Hab\u00eda tanques de gas presurizado, partes del aluminio del exterior del cohete y trozos de acero, en el lado mexicano de la frontera, que fueron retirados por las autoridades mexicanas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Organizaciones ambientalistas han documentado la aparici\u00f3n de basura generada por los cohetes de Space X en Tamaulipas y como afecta el ecosistema, en especial a las tortugas marinas que desovan en la playa de Bagdad. <\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El gobierno de M\u00e9xico envi\u00f3 a especialistas para examinar los residuos de los cohetes y tomaron muestras de agua del R\u00edo Bravo afectado por los desechos espaciales, de la playa y su arena contaminada y de plantas quemadas. <\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La presidenta Sheinbaum inform\u00f3, por su parte, que: \u00abSe est\u00e1 haciendo la revisi\u00f3n general, qu\u00e9 leyes internacionales est\u00e1n violando y, a partir de ah\u00ed, iniciaremos un proceso porque, en efecto, s\u00ed hay contaminaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">(\u00abM\u00e9xico estudia demandar a Space X por la ca\u00edda de partes del cohete Starships en Tamaulipas\u00bb, por Micaela Varela, El Pa\u00eds, 26 junio 2025).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En las aguas del Golfo de M\u00e9xico, frente a las costas de Matamoros, Tamaulipas, todav\u00eda se encuentra hasta 90 por ciento de la estructura de los cohetes Starship 8 y 9 que no retir\u00f3 la plataforma enviada por Space X, por lo que los restos de los artefactos contin\u00faan contaminando la flora y la fauna marina, denunci\u00f3 la organizaci\u00f3n ambientalista Conibio Global. Hay basura espacial en el fondo marino y en los 40 kil\u00f3metros de la costa sigue presente por toneladas<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">(\u00abMusk retir\u00f3 solo 10% de su basura en el Golfo; en 40 km, da\u00f1o ambiental\u00bb, por Cristina G\u00f3mez, Milenio, 25 julio 2025, p.17).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>B. Marco jur\u00eddico<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Extender al espacio ultraterrestre el orden legal internacional existente que rige los derechos y obligaciones de los Estados, tiene un corolario obvio: la correspondiente extensi\u00f3n de la responsabilidad (Lachs, M. The Law of Outer Space, 1972, p.158).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Existe un antiguo principio general de derecho internacional que establece que: un Estado no puede utilizar su propio territorio en perjuicio de otro Estado. Dicho principio fue reafirmado en el primer caso que conoci\u00f3 la Corte Internacional de Justicia (CIJ), en la controversia sobre el Canal de Corfu, que opuso a Albania vs Reino Unido en 1949. En dicha ocasi\u00f3n, la Corte declar\u00f3: \u00ab<strong> la obligaci\u00f3n de todo Estado de no permitir que se utilice su territorio para fines contrarios a los derechos de otros Estados<\/strong>\u00bb (ICJ, Recueil 1949, p.4).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El art\u00edculo VI del Tratado sobre los principios que deben regir las actividades de los Estados en la exploraci\u00f3n y utilizaci\u00f3n del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes de 1967 (Tratado del Espacio), dispone que los Estados Partes ser\u00e1n responsables internacionalmente de las actividades nacionales que realicen en el espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos cellestes, los organismos gubernamentales o las entidades no gubernamentales, y deber\u00e1n asegurar que dichas actividades se efect\u00faen de conformidad con las disposiciones del presente Tratado. Se remarca que las actividades de las entidades no gubernamentales, deber\u00e1n ser autorizadas y fiscalizadas constantemente por el pertinente Estado (Cheng, Bin. Article VI of the 1967 Treaty Space Revisited, Journal of Space Law, V. 26-1, 1998, pp. 7-33). <\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Art\u00edculo VII del Tratado del Espacio, por su parte, representa una referencia de la regla general vigente en materia de exploraci\u00f3n y utilizaci\u00f3n del espacio. Ella estipula que todo Estado Parte que procede o haya procedido al lanzamiento de un objeto espacial en el espacio ultraterrestre, y todo Estado Parte en cuyo territorio donde sus instalaciones sirven de lanzamiento de un objeto o de partes de sus elementos constitutivos, sobre la Tierra, en la atm\u00f3sfera o en el espacio ultraterrestre, es responsable frente a otro Estado Parte o frente a otras personas f\u00edsicas o morales sometidas a dicho otro Estado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Posteriormente, se aprob\u00f3 la Convenci\u00f3n sobre la Responsabilidad Internacional por da\u00f1os causados por objetos espaciales de 1972. En su Pre\u00e1mbulo espec\u00edfica que, a pesar de las precauciones que han sido tomadas, los objetos espaciales pueden eventualmente causar da\u00f1os a terceros. Por consecuencia, ha sido necesario elaborar reglas para prevenir los da\u00f1os originados por el lanzamiento de dichos objetos que aseguren una indemnizaci\u00f3n total y efectiva a las v\u00edctimas. <\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La responsabilidad por da\u00f1os causados por objetos espaciales se inscribe primeramente en el marco de las relaciones interestatales, aunque no \u00fanicamente como ya qued\u00f3 apuntado en p\u00e1rrafos anteriores. As\u00ed, los sujetos de la responsabilidad por da\u00f1os causados son normalmente los Estados de lanzamiento (Hurvitz, B.A. State Liability for Outer Space Activities, Nijhoff, 1992; Catalana Sgrosso, Gabriella, La responsabilit\u00e1 degli Stati per le attivit\u00e1 svolve nollo spazio extra-atmosferico, Cedam, Padova, 1990). <\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La expresi\u00f3n \u00abEstado de lanzamiento\u00bb designa de conformidad con el art\u00edculo I del Acuerdo de 1972: a) Un Estado que lance o promueva el lanzamiento de un objeto espacial; b) Un Estado desde cuyo territorio o desde cuyas instalaciones se lance un objeto espacial.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El problema de saber si el Estado en cuyo territorio o desde donde las instalaciones han sido utilizadas para el lanzamiento de un objeto espacial deber\u00e1 ser responsable, ha sido solucionado por la Convenci\u00f3n citada. Por una parte, el Art\u00edculo I dispone formalmente que dicho Estado es, un Estado de lanzamiento; y el Art\u00edculo IX estipula que la demanda de reparaci\u00f3n se dirige al Estado de lanzamiento responsable.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">De esa forma, el Estado que ha sufrido un da\u00f1o podr\u00e1 buscar la obtenci\u00f3n de una indemnizaci\u00f3n del Estado desde cuyo territorio se ha procedido un lanzamiento (Catalano Sgrosso, G. Insurance Implications about Commercial and Industrial Activities in Outer Space, 36 Proc. Colloq. L. Space, 1983; Diederiks-Verschoor, Financing and Insurance Aspects of Spacecraft, Journal of Space Law, V. 24-2, 1996).  <\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Tomando en cuenta que en el caso del lanzamiento de los cohetes Starship, el da\u00f1o ha sido ocasionado por una entidad nacional privada sujeta a la fiscalizaci\u00f3n del Estado Parte del Convenio, este \u00faltimo responde solidariamente de las acciones de la entidad privada.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Al igual que en Francia, en los Estados Unidos, el Departamento de Transporte que autoriza el lanzamiento de objetos espaciales por entidades privadas debe vigilar que las corporaciones est\u00e9n correctamente aseguradas para cubrir eventuales da\u00f1os que ocurran, a t\u00edtulo de responsabilidad civil (Martin, Pierre-Marie, Le Droit de L\u00b4Espace, Presses Universitaires de France, 1991, p. 53). <\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Desde luego, el Estado afectado, en este caso M\u00e9xico, podr\u00e1 decidir si encaminar sus acciones legales de reparaci\u00f3n ante los tribunales de los Estados Unidos, o iniciar una negociaci\u00f3n ante el gobierno estadunidense, con el prop\u00f3sito de que se indemnice y repare el da\u00f1o ocasionado por una entidad sujeta a su jurisdicci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Respecto a la ca\u00edda de los Starships en territorio mexicano, cabe destacar que tanto los Estados Unidos de Am\u00e9rica como M\u00e9xico son partes del Tratado del Espacio de 1967, como del Convenio sobre Responsabilidad Internacional por da\u00f1os causados por objetos espaciales de 1972. Por ello, est\u00e1n obligados por sus disposiciones.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Adem\u00e1s, de los instrumentos internacionales vigentes, como el Tratado del Espacio de 1967 y la Convenci\u00f3n sobre la Responsabilidad Internacional por da\u00f1os causados por objetos espaciales de 1972, podemos encontrar el Proyecto de Principios sobre los efectos de perdidas en caso de da\u00f1os transfronterizos derivados de actividades peligrosas, aprobado por la Comisi\u00f3n de Derecho Internacional de las Naciones Unidas (CDI) durante su 58o periodo de sesiones en 2006 (A\/01\/10), (Yearbook of the International Law Commission, 2006, vol. II, Part Two). Dichos Principios, si bien, no han sido adoptados por la Asamblea General de las Naciones Unidas, recogen la pr\u00e1ctica internacional existente, por lo que, a juicio de la CDI, constituyen principios de derecho internacional en v\u00edas de consolidaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>C. Conclusiones<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Los Estados tienen responsabilidad internacional por sus actividades en el espacio ultraterrestre, tanto si las realizan organismos gubernamentales o entidades no gubernamentales. Con ello se garantiza que cualquier actividad en el espacio ultraterrestre, sin tener en cuenta quien la realiza, se efectuar\u00e1 de acuerdo con las normas correspondientes del derecho internacional, y para que las consecuencias de esta actividad entren dentro de su \u00e1mbito. (Lachs, op. cit.p. 160). <\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La aceptaci\u00f3n de dicho principio elimina toda duda en relaci\u00f3n con la imputabilidad. La importancia de esto la apreciar\u00e1n los Estados familiarizados con las serias dificultades que tan frecuentemente esta cuesti\u00f3n produce en la pr\u00e1ctica (Schawarzenberger, S. El derecho internacional como se aplica en las cortes y en los tribunales internacionales, I, Londres, 1957, p.613).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Como se ha dicho, la norma aplicable identifica al Estado con cualquier actividad realizada en el espacio desde su territorio y bajo su jurisdicci\u00f3n para que tenga una responsabilidad directa por tal actividad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por consiguiente, los Estados tienen la obligaci\u00f3n incuestionable de tomar todas las medidas apropiadas para garantizar que las personas o corporaciones nacionales que se dedican a actividades en el espacio exterior, las realicen de acuerdo con el derecho internacional. De all\u00ed resulta la obligaci\u00f3n de que tales actividades se efect\u00faen bajo su autorizaci\u00f3n y vigilancia continua.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Jos\u00e9 Humberto Castro Villalobos<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Guanajuato, M\u00e9xico, 5 de agosto de 2025.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Responsabilidad Internacional por actividades espaciales A. Hechos El pasado 18 de junio, uno de los cohetes de Space X exploto en tierra durante una prueba de abastecimiento de combustible e ignici\u00f3n. El hecho ocurri\u00f3 en las instalaciones del magnate Elon Musk en Brownsville, Texas, a pocos kil\u00f3metros de la frontera de M\u00e9xico. 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