IUS GENTIUM

EUGENIO TRUEBA: EL JURISTA

EUGENIO TRUEBA: EL JURISTA

Texto leído durante la presentación del libro de José Antonio Martínez Álvarez: ÉLITES DEL PODER EN GUANAJUATO Eugenio Trueba Olivares


Lic. José Humberto Castro Villalobos

Tuve la fortuna de conocer al señor licenciado Eugenio Trueba Olivares desde una hora muy temprana pues era vecino del mismo barrio, y a lo largo de mi vida mantuve una relación algo frecuente con él; lo tuve como maestro en la clase de filosofía del derecho y, posteriormente, me dirigió la tesis profesional de abogado y fue presidente en mi examen recepcional cuando fungía como Rector de la Universidad de Guanajuato. A lo largo de mi actividad profesional y cuando regresaba a Guanajuato, después de largas estancias en el extranjero, procuraba visitarlo en su despacho y amablemente me recibía.

Me propongo ahora hacer una breve comentario sobre el maestro Trueba en su carácter de jurista, pues es bien conocido su multifacética actividad en distintos campos de la cultura y las artes, lo que José Antonio Martínez da cuenta de manera prolija, en su obra que hoy nos convoca.

Como abogado postulante, el licenciado Trueba Olivares se desempeñó como asesor jurídico de varias empresas en el estado, de manera preponderante de la Compañía de Luz y Fuerza del Centro y, posteriormente, después de la nacionalización de la industria eléctrica, de la Comisión Federal de Electricidad, en la División Centro. Igualmente, fue consejero legal de varias compañías mineras en la capital del estado. Entre tiempos también prestó su asesoría legal al gobierno del estado y al municipio capitalino. Como podrá observarse, Eugenio Trueba destacó a plenitud en su labor de abogado en virtud de su vasto conocimiento y práctica del Derecho, en una época en que la especialización jurídica profesional apenas balbuceaba.

En el campo jurisdiccional, el maestro Trueba fue Presidente del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado y su desempeño elegante, profesional, honesto y certero dio realce a la administración e impartición de justicia, abocándose sobre todo a aquel viejo principio de que: es preferible apartarse de la regla si ésta no satisface a la justicia.

Como docente universitario que fue durante toda su vida, Eugenio Trueba impartió la clase de Filosofía del Derecho, tomando el lugar que dejó prematuramente el Rector Olivares Carrillo, disciplina que le permitió influir decisivamente en la formación ética de los futuros abogados, que vieron en las brillantes y solidas explicaciones del maestro, una guía en el camino profesional que iniciarían en poco tiempo.

La docencia la compaginó Trueba Olivares con una vasta producción jurídica en variados campos pero, desde luego, centrada sobre todo, en la filosofía del derecho.

Al iniciar su curso, el Maestro recomendaba, modestamente,
su libro: Derecho y Persona Humana, que constituía una apretada síntesis de la materia en cuestión y que permitía a los alumnos de quinto año de Derecho, seguir de forma puntual sus explicaciones. Un comentario al respecto. Este libro publicado por Editorial Jus, en 1966, ya se ocupaba como indicaba su título, de la persona humana, y es desde luego, un antecedente de los derechos humanos que muchos años después encontrarán cabida en el régimen constitucional mexicano en virtud de la reforma a la Carta Magna del año 2011.

En el año de 1983, el licenciado Trueba publica su obra: Marx, Platón, San Agustín,Tomás Moro, Ensayo sobre Utopías, donde explica de forma sencilla y amena, el pensamiento de dichos filósofos, contrastándolos entre sí y concluyendo con tesis razonables y apropiadas.

En 1986, el Maestro Trueba publica el libro: El Hombre, la Moral y el Derecho, que profundiza y amplía los temas de su libro de 1966, y donde la trilogía del título sigue constituyendo una preocupación esencial y constante de sus disquisiciones.

En ese mismo año de 1986, Eugenio Trueba entrega a la imprenta el libro: Ética Profesional para el ejercicio del Derecho, donde compendia la forma y la manera que debe regir toda la actividad profesional de un letrado conforme a los valores universales de la profesión en sus diversas campos.

En 1989, publica el libro: La Interpretación de la Ley, en el que explica los mucho criterios que se emplean en la sociedad humana para desentrañar la norma jurídica, señalando las pautas a seguir para alcanzar una interpretación sustentada en el derecho y la moral y teniendo como objeto principal a la persona humana.

En el año de 1993, ve a la luz otra obra del Maestro Trueba: Guía Temática de Filosofía del Derecho, en la que aborda preguntas sobre la esencia del Derecho, la razón de la obligatoriedad de las normas jurídicas y sus finalidades.

Finalmente, en el 2005, la Universidad de Guanajuato publica: Temas Jurídicos, Ensayos donde el Maestro trata cuestiones de la mayor relevancia en el campo del Derecho y que muestran su preocupación por temas de interés general y que afectan en mayor o menor medida el tejido social.

La propia UG edita de Trueba Olivares: El pensamiento de Vitoria (los principios y los hechos), en la que aborda sumariamente lo más trascendente de la obra del padre dominico, en relación con la problemática surgida a partir del descubrimiento de América y los títulos sobre tierras y poblaciones de que tanto se ocuparon los juristas de su tiempo. El ensayo curiosamente no tiene la fecha de su publicación.

Quiero terminar esta intervención citando un párrafo del maestro Trueba, en una publicación de 1986, sobre el papel del abogado y la abogacía:

“Todo aquello que lastima la armonía social debe evitarse y donde se rompe la paz y el orden, que no debe confundirse con la quietud, surge la necesidad de restaurarlos conforme a una idea de justicia. A pesar de todo, los abogados son llamados en los momentos difíciles, como cuando la prepotencia de algún mandamás se traduce en amenazas de graves daños. Profesión tan escarnecida como alabada al mismo tiempo merece una reflexión, o mejor dicho, una aclaración: una cosa es la abogacía y otra los abogados. Estos últimos podrán merecer en algunos casos nuestro reproche; aquella solamente nuestro elogio”. ( Investigaciones Jurídicas, Boletín números 21-22, UG, 1986).

León de los Aldama, 26 de mayo de 2024.


Comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *